Pico y cédula pa las renovaciones

Pico y cédula pa´ las renovaciones, ¡ponele cuidado pues!

No queremos cambiar ni una sola coma de esta circular externa, por eso te la compartimos tal cual:

“Bogotá D.C 21 de octubre de 2022

PARA: Organismos de Tránsito y Centros de Reconocimiento de Conductores.

DE: EMIRO JOSÉ CASTO MEZA

 Director de Transporte y Tránsito (E)

ASUNTO: Medidas para la Renovación de Licencias de Conducción.

La Ley Anti-trámites o Decreto Ley 019 del 10 de enero de 2012, modificó el artículo 22 de la Ley 769 de 2002, determinando que, “Las licencias de conducción para vehículos de servicio particular tendrán una vigencia de diez (10) años para conductores menores de sesenta (60) años de edad”.

El anterior plazo se cumplía el pasado 10 de enero de 2022, lo que colapsaría el sistema al existir casi cinco (5) millones de licencias que vencían en esa fecha, sin embargo, a través del artículo 11 de la Ley 2161 del 26 de noviembre de 2021, se suspendió el vencimiento de la licencia de conducción a que se refiere el artículo 22 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 197 del Decreto ley 019 de 2012 y que venzan entre el 1° y el 31 de enero de 2022.

No obstante, la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-261 de 2022, declaró INEXEQUIBLE el artículo 11 de la Ley 2161 de 2021, difiriendo dicha decisión, es decir el vencimiento de las licencias que vencía en enero de 2022, hasta el 20 de junio de 2023, fecha en la cual, vencerían las licencias de servicio particular y público, esto con el fin que, los ciudadanos puedan renovar las licencias de conducción en un plazo razonable y evitar traumatismos en la realización de este trámite, toda vez que se podría generar congestión o colapso en el sistema si todos asisten al final del plazo para adelantar dicho trámite.

Es importante indicar que, según datos suministrados por el RUNT, el total de licencias que vencerían en junio de 2023 es de aproximadamente 4.377.765 y la capacidad mensual de los Centros de Reconocimiento de Conductores- CRC, para expedir certificados médicos es de 463.703

Con base en lo anterior, se que, sumado a las diferentes campañas publicitarias y demás estrategias, beneficios o lineamientos que pueda adelantar cada Organismo de Tránsito y Centro de Reconocimiento de Conductores – CRC, encaminadas a invitar a los conductores que realicen la respectiva renovación de las licencias de conducción en forma ordenada y planificada, a fin de cumplir a cabalidad la sentencia de la Honorable Corte Constitucional, evitar un colapso en la prestación del servicio en los Centros de Reconocimiento a Conductores – CRC, evitar traumatismos en los trámites que deben ser surtidos ante el Registro Único Nacional de Tránsito – RUNT, así como ante los Organismos de tránsito del país y, ante todo, evitar incomodidades a los ciudadanos que deban renovar su Licencia de Conducción, se hace necesario, se implemente el siguiente pico y cédula para la renovación de las licencias de conducción que vencen el 20 de junio de 2023 sin esperar al último momento para dicho trámite, así:

MES DE RENOVACIÓN

CÉDULA TERMINADAS EN

NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2022

1 Y 2

ENERO Y FEBRERO DE 2023

3, 4 Y 5

MARZO Y ABRIL DE 2023

6 Y 7

MAYO

8 Y 9

HASTA 20 DE JUNIO DE 2023

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Lo anterior, como se ha manifestado, se establece de manera optativa para los ciudadanos con el propósito de prevenir un posible colapso, demoras y contratiempos en el proceso de renovación de la licencia de conducción ante los centros de reconocimiento de conductores y los organismos de tránsito.

Cordialmente,

EMIRO J. CASTRO MEZA

Director de Transporte y Tránsito (E)

Elaboró: Fernely de J. Castañeda Morales – Subdirección de Tránsito

Revisó: Angela Aldana Naranjo – Subdirectora de Tránsito (E)”

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