En este artículo exploraremos el concepto de comparendo y profundizaremos en sus dos variantes: los físicos y los electrónicos. Prepárate para adentrarte en este tema esencial para todo conductor. Sigue leyendo para descubrir más.
El término “comparendo” puede generar confusión, pero es fundamental para cualquier conductor entender qué es y cómo se diferencia de una multa. Además, conocer los tipos de comparendos y el proceso de determinación de culpabilidad es clave para manejar adecuadamente las infracciones de tránsito.
¿Qué es un Comparendo y en qué se Diferencia de una Multa?
Los términos «comparendo» y «multa» a menudo se usan indistintamente, pero tienen diferencias.
En Colombia, el comparendo y la multa son dos conceptos relacionados pero distintos dentro del sistema de tránsito. Aquí te explicamos las diferencias principales:
- Comparendo:
- Es una orden de comparecencia ante la autoridad de tránsito.
- Se emite cuando un conductor presuntamente comete una infracción de tránsito.
- No es una sanción económica, sino un llamado a responder por la infracción.
- El conductor puede aceptar la infracción y pagar la multa con descuento o impugnarla.
- Multa:
- Es la sanción económica que se impone tras confirmar una infracción de tránsito.
- Se determina después de que el conductor ha tenido la oportunidad de defenderse.
- El valor de la multa depende de la gravedad de la infracción cometida.
En resumen, el comparendo es el primer paso que puede llevar a una multa si la infracción se confirma y no se impugna adecuadamente. Mientras tanto, la multa es la consecuencia económica final de una infracción de tránsito probada o aceptada por el infractor. La diferencia radica en que el comparendo es el aviso inicial de la presunta infracción, mientras que la multa es la penalización financiera final.
Dos Tipos de Comparendos: Físicos y Electrónicos
Los comparendos se clasifican en dos categorías, cada una con sus propios procedimientos:
Comparendo físico:
- Formato en papel: es un documento físico impreso que detalla la infracción de tránsito.
- Emisión presencial: es entregado por un agente de tránsito en el lugar donde ocurre la infracción. El agente completa un formulario físico con los detalles de la infracción.
- Entrega directa o por correo: se entrega directamente al infractor en el momento de la infracción o se envía posteriormente por correo.
- Procesamiento manual: requiere procesos manuales para registro, notificación y pago, lo que puede llevar más tiempo.
- Requiere presencia física: en algunos casos, el infractor debe presentarse físicamente en una entidad específica para resolver el comparendo.
Comparendo electrónico:
- Formato digital: se registra y notifica electrónicamente, sin ser impreso en papel.
- Emisión automatizada: se genera a través de sistemas informáticos conectados a bases de datos de tránsito. Puede ser emitido por dispositivos electrónicos de vigilancia o mediante sistemas automatizados..
- Notificación por medios electrónicos: se notifica al infractor a través de medios electrónicos como correo electrónico o mensajes en portales web gubernamentales
- Procesamiento automatizado: el registro, notificación y pago se gestionan de manera automatizada a través de plataformas digitales, agilizando el proceso.
- Facilita el pago en línea: permite el pago en línea a través de plataformas de pagos electrónicos, eliminando la necesidad de visitar físicamente una oficina
¿Quién es Responsable de Establecer la Culpabilidad?
Cuando una persona recibe un comparendo, inicia un proceso donde las autoridades de tránsito tienen la tarea inicial de justificar la acusación. Estas autoridades, que velan por el cumplimiento de las normativas viales, deben presentar las pruebas pertinentes que sustenten la presunta infracción. Es un sistema diseñado para garantizar que las sanciones se apliquen de manera justa y conforme a la ley.
El individuo señalado por la infracción posee el derecho inalienable de defenderse. Esto implica que puede presentar su caso ante las autoridades, aportando evidencia o argumentos convincentes que puedan desvirtuar la acusación. La defensa es un pilar fundamental del debido proceso, y es deber de las autoridades darle la debida consideración.
Finalmente, la decisión final recae en las autoridades, quienes deben analizar cuidadosamente toda la información disponible. El veredicto se basa en un análisis objetivo de los hechos, tomando en cuenta las pruebas aportadas tanto por la defensa como por la acusación, así como el marco legal vigente. Este proceso asegura que la determinación de la culpabilidad sea el resultado de un procedimiento equitativo y transparente.